miércoles, 2 de septiembre de 2015

AYUDAS POR MATERNIDAD Y PATERNIDAD

Prestaciones familiares de la Seguridad Social.

  1. Deducción por maternidad.- Esta es una prestación a la que pueden acogerse las madres que tengan hijos o hijas menores de tres años, que trabajen, bien por cuenta ajena o propia, y que cotizan a la Seguridad Social. En este caso. El importe máximo de la prestación para madres es de 1200 euros por cada hijo/a, pudiendo percibirse en una cuota mensual de 100 euros por cada niño/a. Esta deducción es compatible por otras ayudas. Para solicitar esta ayuda puede hacerse por teléfono (901 200 345) o en la Agencia Tributaria.
  2. Prestaciones familiares por hijo/a a cargo.- Esta ayuda está destinada a las madres que cuentan con un hijo o hija menor de 18 años o mayor si éste padece algún tipo de discapacidad. El importe de la cuantía a percibir es de 24,25 euros mensuales, es decir 291 euros anuales. Para poder recibirla los ingresos anuales no deben superar los 11.547,96 euros anuales. A partir del segundo hijo/a se incrementa un 15% por cada hijo/a menor o acogido. Si se tiene al cargo un niño/a mayor de 18 años con una discapacidad igual o superior al 33% tendrá derecho a una asignación de 1.000 euros anuales o 250 euros trimestrales. Si el grado de discapacidad asciende al 65% la cuantía será de 4.402,80 euros y si supera el 75% llega a alcanzar los 6.604,80 euros anuales.
  3. Prestaciones por nacimiento o adopción.- Esta ayuda la gestiona la Seguridad Social. Es una ayuda dirigida a familias monoparentales, familia numerosa o madres con discapacidad. Esta prestación se caracteriza por recibir un único pago de 1.000 euros por cada nacimiento o adopción que se haya llevado a cabo. Esta prestación depende de los ingresos familiares. Para solicitarla hay que hacerlo en el instituto Nacional de la Seguridad Social de la localidad correspondiente.
  4. Ayudas Autonómicas.- Además de las ayudas estatales, muchas comunidades autónomas conceden algunas subvenciones a las madres solteras y a las familias.
  5. Otras Ayudas: 
    • El plan Prepara es otra ayuda de carácter extraordinario a la que tienen derecho las madres tanto solteras, separadas o divorciadas, Para más información, visite nuestra entrada del Plan Prepara.
    • Ayuda familiar se caracteriza porque uno de sus requisitos es contar con cargas familiares. Los requisitos son:
      • Ser desempleado.
      • Estar inscrito como demandante de empleo.
      • Contar con un compromiso de actividad.
      • Que las rentas no superen el 75% del salario mínimo interprofesional.
      • Se tendrá que haber agotado todas las prestaciones por desempleo.
      • Contar hijos/as a su cargo que sean mejores de 26 años, mayores con discapacidad o menores de 18 años en régimen de acogidos.
      • En cuanto a la cuantía a percibir está situada alrededor de los 426 euros al mes.

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