jueves, 7 de enero de 2016

REVISIÓN HORAS DEL 2015

Próximamente se abrirá el plazo para solicitar las horas del 2015, por lo que te informamos que para el cálculo del cómputo anual 2015 debéis tener en cuenta los siguientes datos:
  • Contar todas las horas trabajadas en el año, debiendo tener en cuenta también como trabajadas las horas en las que hayas disfrutado de algún permiso, (tales como hospitalización de un familiar, fallecimiento de un familiar, horas médicaspermisos por cambio de domicilio... etc).
  • Los compensatorios correspondientes al 2015 que hayas disfrutado, se computan como descansados.
  • Los festivos no trabajados se cuentan como NO trabajados y los festivos trabajados se cuentan como SÍ trabajados.
  • Si has estado de baja médica, también debes contarlo como trabajado.
  • Los días de vacaciones NO debes contarlos ( no trabajados).
Tras la consulta de las y los trabajadores en relación al máximo anual de horas trabajadas para las diferentes jornadas te informamos que según el Art.23 del Convenio de Contact Center, el cómputo de las diferentes jornadas es:
  • Jornadas de 39 h semanales son: 1764 horas.
  • Jornadas de 38,5 h semanales son: 1741 horas.
  • Jornadas de 35 h semanales son: 1583 horas.
  • Jornadas de 32.5 h semanales son: 1470 horas.
  • Jornadas de 30 h semanales son: 1357 horas.
  • Jornadas de 27,5 h semanales son: 1244 horas.
  • Jornadas de 25 h semanales son: 1131 horas.
  • Jornadas de 20 h semanales son: 905 horas.

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